4.7.13

¿Por qué se crean las DO?

  • La calidad y el origen. Las denominaciones de origen y las indicaciones geográficas protegidas
INFORMACION
Con la finalidad de garantizar la calidad, el aroma y el sabor típico diferenciado, y después de las terribles plagas de Oidium que destrozaron cosechas en vid en 1855, la administración de Burdeos prohibió la mezcla de sus vinos de diferentes propiedades. Este hecho supuso la creación de la primera Denominación de Origen moderna, 70 años después de que el gobierno parisino creara la ley de las DO.

Hasta esa fecha, los vinos de Burdeos con frecuencia se mezclaban con otros importados del sur de Europa (en algunos casos del País Valenciano, y anteriormente del Priorato tarraconense) ya fuera por cosechas escasas , por necesidades de una garantía ofrecida por una alta graduación, mucho cuerpo o la riqueza en taninos. Destacan los vinos de Benicarló y Alicante (el Carlón y Alicant) en el País Valenciano, y también los del Priorato, viejas y robustas vides que crecen y nacen en el interior de la provincia de Tarragona. Más tarde los de Túnez y Argelia. ¿Fué entonces cuando aparecieron los vinos con D.O?
No, aún estaba por llegar una plaga mayor que la del 1855. Ocurrió en el año 1869, cuando la filoxera destruyó el 99 % del viñedo europeo. Este hecho retrasó el proceso legislativo de la DO hasta que, superada la crisis, el gobierno francés creó la Ley de las Denominaciones de Origen y el Institut National des Apellations d’Origen.

En España, desde la creación de las primeras 18 Denominaciones de Origen en 1933, y como consecuencia del Estatuto del Vino de 1932, éstas han aumentado considerablemente, la mayoría constituidas a partir de 1982 gracias a la constitución del Estado de las Autonomías, ya que es en las administraciones autonómicas donde residen las competencias de control y legislación de las DO.
Los Alimentos de Calidad Diferenciada son aquellos productos que están protegidos por una normativa de la Unión Europea que garantiza el cumplimiento de unos requisitos superiores a los exigidos para el resto de productos
Los Productos Regionales y la Calidad
Los Alimentos de Calidad Diferenciada y otras figuras de calidad de las frutas y hortalizas en España.

Consumidores exigentes y más preocupados por saber la calidad de los alimentos que llegan a sus mesas, junto a productores conscientes de la necesidad de productos agrícolas o alimenticios de calidad garantizada, influyen notablemente en el aumento de los llamados Alimentos de Calidad Diferenciada.

Los Alimentos de Calidad Diferenciada son aquellos productos que están protegidos por una normativa de la Unión Europea que garantiza el cumplimiento de unos requisitos superiores a los exigidos para el resto de productos. Ejemplo de ello son las Denominaciones de Origen Protegida (D.O.P.), Indicaciones Geográficas Protegidas (I.G.P.), Especialidades Tradicionales Garantizadas (E.T.G) o la Producción Ecológica.


En España, actualmente hay registradas entre 40 y 50 D.O.P., I.G.P y E.T.G. solo de frutas, hortalizas y legumbres. Esto es una muestra de la importancia que los productores dan al hecho de certificar sus productos con sellos de calidad, con el objetivo de valorar, promocionar, proteger la calidad alimentaria que dan al mercado e informar mejor y de forma segura a los consumidores sobre la procedencia de los productos. Es un reconocimiento que las instituciones públicas otorgan a aquellos productos que se diferencian del resto de su misma clase, por presentar unos niveles de calidad diferentes o superiores.

Tanto una Denominación de Origen Protegida como una Indicación Geográfica Protegida es el nombre de una región, de un lugar determinado o, en casos excepcionales, de un país, que sirve para designar un producto agrícola o un producto alimenticio (distintos de un vino o bebida espirituosa) originario de dicha región, de dicho lugar determinado o de dicho país y que tiene una calidad o características debidas al medio geográfico. Estas denominaciones tienen mucho que ver con otro concepto, el food nation.

Los productos que están protegidos por la Denominación de Origen Protegida (D.O.P.) son aquellos cuya calidad o características se deben al medio geográfico con sus factores naturales y humanos y cuya producción, transformación y elaboración se realiza siempre en esa zona geográfica delimitada de la que toman el nombre.

Los productos con una Indicación Geográfica Protegida (I.G.P.) poseen alguna cualidad determinada o reputación u otra característica que pueda atribuirse a un origen geográfico y cuya producción, transformación o elaboración se realice en la zona geográfica delimitada de la que también toma su nombre.

Las Especialidades Tradicionales Garantizadas (E.T.G) son los productos que cuentan con rasgos específicos diferenciadores de otros alimentos de su misma categoría.
Además, estos productos agrícolas o alimenticios deben producirse a partir de materias primas tradicionales, o bien presentar una composición, modo de producción o transformación tradicional o artesanal.

Los Productos Ecológicos (P.E.) también se rigen y protegen por una normativa de la Unión Europea. La Producción Ecológica engloba a los productos que reúnen un compendio de técnicas agrarias que excluye, normalmente, el uso de productos químicos de síntesis como fertilizantes, plaguicidas, antibióticos, etc., con el objetivo de preservar el medio ambiente, mantener o aumentar la fertilidad del suelo y proporcionar alimentos con todas sus propiedades naturales.

Las Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas constituyen el sistema utilizado en España para el reconocimiento de una calidad superior, consecuencia de características propias y diferenciales, debidas al medio geográfico en el que se producen las materias primas, se elaboran los productos, y a la influencia del factor humano que participa en las mismas. Las normas de calidad que los Consejos Reguladores exigen a los agricultores y manipuladores inscritos en cada una de estas denominaciones, permiten concederle al consumidor un alto grado de confianza.

DO
Los productos que están protegidos por la Denominación de Origen Protegida son aquellos cuya calidad se deben al medio geográfico con sus factores naturales o humanos y por sus formas de producción, transformación y elaboración

IGP
Los productos con una Indicación Geográfica Protegida poseen alguna cualidad determinada o reputación que pueda atribuirse a un origen geográfico y cuya producción, transformación o elaboración se realice en la zona geográfica delimitada

ETG
Los productos que cuentan con rasgos específicos diferenciadores de otros alimentos de su misma categoría, son Especialidades Tradicionales Garantizadas


Informaciones relacionadas
Esta información de HorticulturaBlog es de la Guía de las Frutas y Hortalizas, España, 2007: La calidad y el origen.
Fraude multimillonario en España en la utilización de la D.O

No hay comentarios:

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...